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¿Qué es y cómo se construye el RIPTE?

RIPTE es el cociente entre las remuneraciones imponibles con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y el total de trabajadores dependientes que figuran en las Declaraciones Juradas recibidas mensualmente realizando los siguientes ajustes:

  • Se toman los registros correspondientes a las Declaraciones Juradas de las remuneraciones de aquellos trabajadores dependientes y cualificados (o sea, no entran el sector público provincias no transferidas al sistema) que presentan una continuidad laboral ininterrumpida de 13 meses o más. inmediata antes del mes informado.
  • Se incluyen sólo las remuneraciones imponibles (sujetas a aportes) a efectos de descartar trabajos suspendidos, con licencias o indemnizaciones pagadas en cuotas.
  • Se excluyen los montos referidos al SAC (aguinaldo o Sueldo Anual Complementario) y los importes que se abonan en concepto de vacaciones.
  • No se consideran ni las remuneraciones ni los puestos de los trabajadores que presenten pluriempleo (más de un trabajo en relación de dependencia) o plurirégimen (trabajador en relación de dependencia que a su vez es monotributista o autónomo) en el periodo informado.

¿DONDE PUEDO CONSULTAR EL RIPTE?

Puede consultarlo en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, apartado Seguridad Social – Índices y estadísticas.