Si sufriste un accidente de trabajo, conocer los derechos del trabajador frente a la ART es el primer paso para no quedar desprotegido. Avisaste a tu empleador, fuiste a la guardia, y ahora esperás que la aseguradora se haga cargo. Pero pasan los días y el silencio se instala: sin cobertura médica confirmada, sin respuesta clara, sin saber si vas a cobrar mientras no podés trabajar. Ese momento de desconcierto es más común de lo que debería ser, y en muchos casos ocurre precisamente porque la ART sabe que el trabajador no conoce lo que la ley le garantiza.
La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo establece obligaciones concretas para las aseguradoras: plazos que deben respetar, prestaciones que no pueden negar y montos mínimos que no dependen de la buena voluntad de la ART sino de la ley. Cuando la aseguradora demora, rechaza o reduce lo que corresponde, no es el fin del camino. En esos casos es donde interviene un estudio especializado como Ferretti Abogados, con experiencia específica en defender a trabajadores frente a las ARTs.
Las prestaciones que la ART tiene obligación de cubrir
Cobertura médica y de rehabilitación: qué derechos tiene el trabajador frente a la ART
Desde el momento del accidente, la ART tiene la obligación de brindarte lo que la Ley 24.557 llama prestaciones en especie. Estas incluyen asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y recalificación profesional. En caso de fallecimiento, también cubre el servicio funerario para los derechohabientes. Muchos trabajadores aceptan la negativa de la ART como si fuera definitiva, pero no lo es: la cobertura médica no arranca cuando la aseguradora «acepta» el caso, sino desde el hecho mismo del accidente. Negarla constituye un incumplimiento legal. Para ampliar la información sobre las prestaciones que deben brindarse, podés consultar nuestro detalle sobre prestaciones económicas y médicas por accidente de trabajo.
Prestaciones dinerarias: cuándo y cuánto te corresponde cobrar
Si el accidente te impide trabajar de forma temporaria, tenés derecho a la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT). Los primeros 10 días los paga tu empleador; desde el día 11 en adelante, paga la ART, y el monto equivale a tu ingreso base. No es una prestación voluntaria ni negociable.
Si queda una incapacidad permanente, parcial o total, la ley prevé indemnizaciones adicionales con pisos mínimos que la SRT actualiza semestralmente por RIPTE. Para el período marzo a agosto de 2026, la Resolución SRT 15/2026 fija un piso mínimo de $97.502.420 multiplicado por el porcentaje de incapacidad para los casos de incapacidad laboral permanente parcial, con una indemnización adicional del 20% si el accidente ocurrió en el lugar de trabajo. Conocer estos números importa, porque la ART no siempre los informa de forma proactiva.
Derechos del trabajador frente a la ART: los plazos que definen tu reclamo desde el primer día
Cuándo hay que denunciar el accidente
La denuncia debe hacerse en forma inmediata. La obligación primaria recae en el empleador, pero si no actúa, el trabajador puede y debe denunciar directamente ante la ART. Esperar sin denunciar no es neutro: cada día sin constancia formal del siniestro debilita el reclamo posterior y le da más margen a la aseguradora para cuestionar la relación entre el accidente y las lesiones. En nuestra guía paso a paso sobre qué hacer tras un accidente de trabajo explicamos cómo denunciar y qué documentación reunir desde el primer momento.
En cuántos días hábiles tiene que responder la ART
Una vez recibida la denuncia, la ART tiene 10 días hábiles para aceptar o rechazar el accidente. Puede extender ese plazo otros 10 días hábiles, pero solo si notifica esa extensión fehacientemente al trabajador y al empleador. Si no hay rechazo formal dentro de esos plazos, la ART queda legalmente obligada a brindar las prestaciones.
Conocer este plazo es una ventaja concreta. Si la ART guarda silencio o demora sin notificar la prórroga y el trabajador no actúa, pierde una posición legal favorable que la ley le da expresamente.
Accidente in itinere: cuándo cubre la ART el trayecto al trabajo
Qué exige la ley y la jurisprudencia para reconocerlo
El accidente in itinere es el que ocurre yendo o volviendo del trabajo por el trayecto habitual. La jurisprudencia argentina exige que se cumplan cuatro condiciones: que el desplazamiento tenga finalidad laboral, que se realice por el recorrido habitual sin desvíos personales, que ocurra dentro del tiempo razonable que insume ese trayecto, y que se use un medio de transporte habitual y adecuado. Si esos requisitos se cumplen, la cobertura es exactamente igual que la de un accidente ocurrido dentro del lugar de trabajo.
Qué pruebas reunir desde el primer momento
La carga de probar que el accidente ocurrió en un trayecto laboralmente relevante recae sobre el trabajador. Eso significa actuar rápido: conseguir el certificado médico de urgencias con fecha y hora, hacer la denuncia policial si hubo un accidente de tránsito, reunir constancias de transporte o testigos que acrediten el recorrido habitual, y conservar cualquier registro del horario de salida del trabajo.
Sin pruebas, la ART tiene más margen para rechazar el accidente in itinere. El momento en que ocurre el hecho es el más importante para reunir evidencia: lo que no se junta ese día es muy difícil de reconstruir después.
Qué hacer cuando la ART rechaza o no cumple
Las opciones concretas frente al incumplimiento
El rechazo de la ART no es el final del proceso. El trabajador tiene derecho a exigir el rechazo por escrito, impugnar esa decisión ante la Comisión Médica correspondiente y, si el dictamen sigue siendo desfavorable, apelar ante la Comisión Médica Central dentro de los 10 días hábiles desde la notificación. Si el desacuerdo persiste, la instancia siguiente es la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Lo que no conviene es esperar. Los plazos para impugnar son cortos, y dejarlos vencer cierra puertas que después ya no se pueden abrir.
Por qué el asesoramiento especializado cambia el resultado
Frente a una ART que rechaza o licua prestaciones, el trabajador sin representación especializada queda en desventaja. Las aseguradoras conocen los plazos, los tecnicismos y las trabas del sistema; su objetivo es reducir lo que pagan, no garantizar lo que corresponde. Esa asimetría se compensa con representación técnica adecuada.
Ferretti Abogados es un estudio especializado exclusivamente en derecho laboral y accidentes de trabajo, con experiencia directa en casos donde la ART negó, demoró o redujo prestaciones que la ley obliga a brindar. Una consulta inicial permite entender si el reclamo tiene fundamento, qué camino seguir y qué plazos están corriendo, sin ningún compromiso de entrada para el trabajador. Para ampliar el marco sobre qué se considera un accidente de trabajo y qué situaciones cubre la ley, podés revisar nuestro artículo explicativo.
Lo que hay que tener claro antes de seguir esperando
La Ley 24.557 da derechos claros. La ART tiene plazos y obligaciones concretas que no dependen de su voluntad. El silencio de la aseguradora, su rechazo o su demora no significan que el trabajador no tenga nada que hacer: significan que todavía no ejerció los derechos que la ley le reconoce.
En un reclamo laboral, el momento en que se actúa importa tanto como los argumentos que se tienen. Conocer los plazos, reunir pruebas desde el primer día y contar con representación adecuada son decisiones que se toman en las primeras horas y que determinan las opciones disponibles más adelante.
Si tenés dudas sobre los derechos del trabajador frente a la ART tras un accidente, o si la aseguradora no está cumpliendo con sus obligaciones, consultá con Ferretti Abogados. Cuanto antes se inicia el proceso, más opciones quedan abiertas.

