¿Qué Hacer si Te Accidentás en una Obra en Construcción?

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El accidente de trabajo en construcción es una de las principales causas de lesiones graves en Argentina, según registros de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Caídas de altura, golpes con maquinaria, derrumbes parciales: cada jornada en obra implica riesgos concretos que, cuando se materializan, dejan al trabajador enfrentando dos problemas al mismo tiempo. La lesión física es uno. El otro es no saber qué hacer en las horas que siguen.

Esas primeras horas son decisivas. Los errores que se cometen por desconocimiento en ese momento pueden comprometer derechos que después son muy difíciles, o directamente imposibles, de recuperar. En Ferretti Abogados atendemos casos de accidentes en obra en Buenos Aires, y lo que vemos es siempre lo mismo: trabajadores que llegaron tarde, que firmaron lo que no debían o que no guardaron la documentación necesaria.

Desde el marco legal argentino, la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo define el accidente laboral como todo acontecimiento súbito y violento que le ocurra al trabajador por causa u ocasión del trabajo. Eso incluye lo que pasa dentro de la obra, durante el uso de equipos, en desplazamientos dentro del predio y en situaciones directamente vinculadas a la actividad. Conocer esta definición importa porque determina qué cubre la ART y qué reclamos son posibles.

Lo primero que debés hacer tras un accidente de trabajo en construcción

Buscá atención médica de inmediato

La salud es la prioridad absoluta, sin excepción. Aunque la lesión parezca leve en el momento, hay que ir al centro médico de la ART o al servicio de emergencias más cercano sin demora. El informe médico inicial que se labra en esa primera atención es una de las pruebas más importantes para cualquier reclamo futuro, porque documenta el estado de la lesión en el momento del siniestro y su origen laboral. En nuestra guía sobre pasos urgentes a seguir tras un accidente en el trabajo encontrarás recomendaciones prácticas para ese primer momento.

Avisá al empleador o supervisor en el momento

La notificación inmediata al empleador o supervisor no es solo una formalidad: activa su obligación legal de denunciar el accidente ante la ART, conforme a lo establecido en la Ley 24.557. Si el empleador no lo hace, el trabajador puede denunciarlo directamente ante la aseguradora. Cualquier demora injustificada en esta denuncia puede complicar el trámite y dar argumentos a la aseguradora para cuestionar la relación entre el accidente y el trabajo. Notificá, pedí que quede por escrito y guardá copia. Si necesitás orientación concreta sobre cómo formalizar esa presentación, consultá la importancia de denunciar un accidente laboral a la ART.

Qué cubre la ART tras un accidente de trabajo en construcción

Las prestaciones que la ART está obligada a brindar

Desde que recibe la denuncia, la ART tiene la obligación de comenzar a brindar atención médica. Sus obligaciones incluyen cobertura médica integral, medicamentos, rehabilitación física y psicológica, y el pago del salario durante la incapacidad laboral temporaria. Cabe aclarar que, de acuerdo con la Ley 24.557, los primeros diez días corren a cargo del empleador, y a partir del undécimo día la ART abona el equivalente al 100% del ingreso base mensual del trabajador. Si la ART no responde dentro de los 10 días hábiles desde la denuncia, la cobertura se considera aceptada tácitamente, y la aseguradora queda obligada a brindar todas las prestaciones; sin embargo, la normativa SRT prevé que la ART pueda solicitar una prórroga de otros 10 días hábiles siempre que lo notifique antes del vencimiento del primer plazo.

La responsabilidad del empleador ante un siniestro en obra

El empleador tiene obligaciones concretas que van más allá de afiliar a sus trabajadores a una ART. Debe garantizar condiciones seguras de trabajo conforme al Decreto 911/96, específico para la industria de la construcción, y proveer equipos de protección personal, capacitación y supervisión en tareas de alto riesgo. Si hubo incumplimiento de normas de seguridad e higiene, ese incumplimiento puede derivar en responsabilidad civil adicional del empleador, por encima de lo que cubre la ART. Esta distinción puede significar una diferencia sustancial en el monto final del reclamo.

Los plazos y la documentación que no podés ignorar

Plazos críticos del reclamo

El protocolo de actuación tras un accidente de trabajo en construcción exige rapidez en cada etapa. La notificación al empleador debe ser inmediata; la denuncia formal ante la ART, dentro de las primeras 72 horas como referencia práctica. La ART tiene 10 días hábiles para aceptar o rechazar la cobertura. Si rechaza, el trabajador puede presentarse ante la Comisión Médica de la SRT a partir del cuarto día hábil. También es importante saber que, si quedaron secuelas, existe un plazo de 60 días desde el alta médica para presentar el reclamo correspondiente. Y el plazo de prescripción para acciones judiciales es de dos años, contados desde el alta médica, el cese del vínculo laboral o la primera manifestación invalidante, según cada caso. Perder de vista estos plazos es una de las formas más comunes de resignar derechos sin saberlo.

Qué documentación reunir desde el primer día

Toda la documentación que generes desde el primer momento tiene valor probatorio. Guardá y organizá todo lo siguiente:

  • Informe médico inicial y copias de todos los estudios y tratamientos
  • Copia de la denuncia ante la ART y el número de expediente
  • Fotografías de las lesiones y del lugar del accidente
  • Datos de testigos (nombre, DNI, teléfono)
  • Registros de salario y días de trabajo perdidos
  • Todas las comunicaciones con el empleador y la ART

Un detalle que muchos no consideran: llevar un diario de síntomas y evolución de las lesiones tiene valor probatorio concreto ante una pericia médica. Anotá fechas, niveles de dolor, limitaciones funcionales y cómo el accidente afecta tu vida cotidiana.

Indemnizaciones disponibles tras un accidente laboral en la construcción

Prestaciones dinerarias por incapacidad temporal y permanente

Durante la incapacidad laboral temporaria (ILT), el ingreso del trabajador queda cubierto: los primeros 10 días los paga el empleador y, desde el día 11, la ART abona el equivalente al 100% del ingreso base mensual, conforme a la Ley 24.557. Si la lesión deja secuelas permanentes, la situación se clasifica en incapacidad laboral permanente parcial (desde el 5% hasta menos del 66%) o total (66% o más). La indemnización por incapacidad parcial se calcula con una fórmula que considera el salario promedio del último año, la edad del trabajador al momento del accidente y el porcentaje de incapacidad determinado por pericia médica: a menor edad y mayor incapacidad, mayor es el monto resultante. Además, los siniestros en obra calificados como accidentes de trabajo incorporan un 20% adicional al monto que surge de esa fórmula, tal como establece la normativa vigente de la SRT.

Indemnización por gran invalidez y fallecimiento

Cuando el trabajador queda en estado de gran invalidez y necesita asistencia permanente de terceros para sus actividades básicas, la ART debe sumar una prestación adicional de pago mensual específica para cubrir ese cuidado, conforme a lo previsto en la Ley 24.557. En caso de fallecimiento del trabajador, los derechohabientes, cónyuge, hijos y familiares a cargo, tienen derecho a una indemnización de pago único y a una pensión mensual. En todos estos casos, el monto que ofrece la ART en primera instancia no siempre es el máximo al que el trabajador o su familia tiene derecho. Aceptarlo sin asesoramiento puede significar resignar una parte importante de lo que corresponde por ley.

Por qué un abogado especializado puede cambiar el resultado de tu caso

Los errores más frecuentes sin representación legal adecuada

Hay errores que se repiten y que tienen consecuencias difíciles de revertir. El primero es aceptar el alta médica antes de estar efectivamente recuperado, lo que cierra la etapa de ILT y reduce el porcentaje de incapacidad que se reconoce. El segundo es firmar acuerdos con la ART sin asesoramiento jurídico: una vez homologados, esos acuerdos son casi imposibles de impugnar. El tercero es no iniciar acción judicial cuando la incapacidad fue subestimada por la pericia de la aseguradora, dejando prescribir el plazo de dos años sin actuar.

Cómo actuamos en casos de accidente de trabajo en construcción en Buenos Aires

En Ferretti Abogados nos especializamos exclusivamente en derecho laboral y accidentes de trabajo. Esa especialización no es un detalle menor: significa que conocemos a fondo la normativa de la industria de la construcción, los criterios de las Comisiones Médicas y los plazos que marcan la diferencia entre un reclamo exitoso y uno perdido. No somos un estudio generalista que atiende de todo: trabajamos únicamente para trabajadores y sus familias en Ciudad y Provincia de Buenos Aires, y actuamos en todas las instancias del reclamo, desde la denuncia ante la ART y el trámite en Comisión Médica hasta, cuando es necesario, la acción judicial para obtener la indemnización correcta, y te asesoramos sobre tus derechos ante la ART tras un accidente. La primera consulta es sin cargo y sin compromiso: es el momento de evaluar tu caso y definir los pasos a seguir.

Actuar rápido es parte de la estrategia

Un accidente de trabajo en construcción no termina con el alta médica. El reclamo bien hecho puede significar una diferencia concreta y sostenida en la vida del trabajador y su familia. Lo que determina el resultado es actuar rápido desde el primer momento, documentar cada etapa del proceso y contar con representación especializada que defienda tus intereses frente a la ART y al empleador.

Si vos o alguien de tu entorno sufrió un accidente de trabajo en construcción en Buenos Aires, no esperés a que los plazos corran en tu contra. Consultá con Ferretti Abogados hoy mismo para que evaluemos tu situación y te orientemos sobre los pasos concretos a seguir.

Preguntas frecuentes sobre accidentes de trabajo en construcción

¿Qué hago si mi empleador no denuncia el accidente ante la ART?

Podés hacer la denuncia vos mismo directamente ante la ART. La Ley 24.557 reconoce ese derecho al trabajador. No dependas de que el empleador actúe: cuanto antes se formalice la denuncia, más protegidos quedan tus derechos.

¿Tengo derecho a cobrar el salario completo mientras estoy de baja?

Sí. Los primeros 10 días de incapacidad laboral temporaria los paga el empleador; desde el día 11 en adelante, la ART abona el equivalente al 100% de tu ingreso base mensual, conforme a la Ley 24.557.

¿Qué pasa si la ART rechaza el accidente como laboral?

Podés impugnar ese rechazo presentándote ante la Comisión Médica de la SRT a partir del cuarto día hábil. Es fundamental hacerlo con asesoramiento jurídico para que la presentación sea completa y en tiempo.

¿Puedo reclamar más allá de lo que ofrece la ART?

Sí, cuando hay incumplimiento de normas de seguridad e higiene por parte del empleador (como las establecidas en el Decreto 911/96 para la construcción), se puede reclamar responsabilidad civil adicional al empleador, lo que puede aumentar de forma significativa el monto total de la indemnización.

¿Cuánto tiempo tengo para iniciar un reclamo judicial?

El plazo de prescripción es de dos años, contados desde el alta médica, el cese del vínculo laboral o la primera manifestación invalidante, según el caso. Además, si quedaron secuelas, es recomendable iniciar el trámite dentro de los 60 días desde el alta. No esperes al límite: consultá a tiempo.

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