Cómo Tramitar la Indemnización por Fallecimiento Laboral

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Perder a un ser querido en un accidente de trabajo es una situación que nadie está preparado para enfrentar. Al dolor se le suma, casi de inmediato, una pregunta urgente: ¿qué hacemos ahora? El sistema legal argentino reconoce el derecho de los familiares a cobrar una compensación económica, pero ese derecho tiene pasos, documentación y plazos concretos que no se pueden ignorar. Saber cómo tramitar la indemnización por fallecimiento en un accidente laboral desde los primeros días marca la diferencia entre cobrar la totalidad de lo que corresponde por ley o perder parte de esa suma por errores evitables.

Existen dos sistemas legales que pueden generar una indemnización en estos casos: la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) y la Ley de Contrato de Trabajo. Ambos corren de forma independiente y cada uno tiene plazos de prescripción propios que, en términos generales, comienzan a correr desde el momento en que la prestación se vuelve exigible, lo que habitualmente coincide con la fecha del fallecimiento, aunque el cómputo exacto puede variar según la vía y la jurisdicción, . En Ferretti Abogados acompañamos a las familias desde el primer momento, revisando cada rubro antes de que se firme cualquier acuerdo con la ART o el empleador.

En este artículo encontrás quiénes tienen derecho a reclamar, qué documentación reunir, ante quién presentar el pedido, cómo se calcula la indemnización y qué opciones existen si el reclamo es rechazado. Si ya tenés una situación concreta, te recomendamos consultarnos antes de firmar cualquier convenio.

Quiénes tienen derecho a reclamar la indemnización por fallecimiento en un accidente laboral

Tanto la Ley de Riesgos del Trabajo como la Ley de Contrato de Trabajo establecen un orden claro de quiénes pueden recibir la indemnización. El primero en la lista es el cónyuge o conviviente con convivencia acreditada. En el nivel siguiente se ubican los hijos menores de edad y los hijos mayores con discapacidad que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad vigente.

Si no existen los anteriores, el derecho pasa a los hijos mayores de edad y, en ausencia de todos ellos, a los padres que estaban a cargo del trabajador al momento del fallecimiento. Cuando hay varios familiares en el mismo nivel de prelación, la indemnización se distribuye en partes iguales.

El trabajo no registrado no cancela el derecho a reclamar, pero complica la acreditación de la relación laboral. En esos casos, los familiares deben reunir pruebas que demuestren que el trabajador cumplía tareas para ese empleador: testimonios de compañeros, mensajes de texto, transferencias de dinero, recibos informales o cualquier evidencia disponible. Esa documentación es clave para sostener el reclamo ante la ART o la Justicia, ya que la práctica administrativa y jurisprudencial admite este tipo de pruebas cuando no existe un contrato formal.

Qué documentos necesitás juntar antes de tramitar la indemnización por fallecimiento en un accidente laboral

La documentación personal que exigen tanto la ART como el empleador incluye el DNI del familiar que reclama, el acta de defunción del trabajador fallecido y la prueba del vínculo familiar. Para el cónyuge, la partida de matrimonio; para el conviviente, la acreditación de al menos cinco años de convivencia, o dos si hay un hijo en común, a través de servicios públicos, cuentas bancarias conjuntas u otros documentos con domicilio coincidente. Para los hijos, las partidas de nacimiento correspondientes y, si aplica, el CUD vigente.

Para acreditar la relación laboral del trabajador fallecido, los documentos necesarios son:

  • Últimos recibos de sueldo o constancias de remuneración.
  • Contrato de trabajo o cualquier prueba de la relación laboral.
  • CUIT del empleador y datos de la ART que lo cubría.
  • Denuncia del accidente presentada por el empleador, o constancias del hecho.
  • Informe policial o médico si el accidente tuvo intervención de terceros.

Liquidación final por fallecimiento: qué incluye y cómo se relaciona con la indemnización

Además de la indemnización por el accidente, los derechohabientes tienen derecho a percibir la liquidación final del trabajador fallecido. Esta liquidación comprende los días trabajados del mes en curso, el proporcional del aguinaldo, las vacaciones no gozadas y cualquier otro rubro salarial pendiente. Tramitar la liquidación final junto con la indemnización por fallecimiento evita que queden sumas sin cobrar y simplifica la gestión ante el empleador.

Ante quién presentar el reclamo y cómo funciona cada vía

La ART es el primer canal a activar cuando el fallecimiento ocurrió como consecuencia de un accidente de trabajo. Conforme a la Ley 26.773, la aseguradora tiene la obligación de notificar el monto de la indemnización a los derechohabientes dentro de los 15 días de conocido el fallecimiento y dejarlo a disposición para el cobro. Presentarse con patrocinio letrado antes de firmar cualquier convenio es una práctica exigida en la mayoría de los procedimientos administrativos y altamente recomendable en todos los demás: hacerlo sin asesoramiento especializado puede significar aceptar montos incompletos y resignar rubros que corresponden por ley. Si la ART acepta la contingencia, se firma el acuerdo y se cobra la prestación con el 20% adicional que corresponde en casos de accidente de trabajo, porcentaje que no aplica en accidentes in itinere.

El artículo 248 de la Ley de Contrato de Trabajo reconoce una indemnización adicional a cargo del empleador, equivalente al 50% de la que correspondería por despido. Este reclamo es independiente de lo que pague la ART y aplica independientemente del registro formal del trabajador o del cumplimiento del empleador en materia de seguridad.

Si el accidente fue causado por culpa grave del empleador o de un tercero, los familiares también pueden iniciar una acción civil por daños y perjuicios. Esta vía puede generar una compensación superior a la del sistema de riesgos del trabajo, aunque requiere probar la culpa del responsable y los tiempos son más largos. No reemplaza el reclamo ante la ART: puede plantearse en paralelo según los hechos y la estrategia legal del caso.

Plazos para tramitar la indemnización por fallecimiento en un accidente laboral

El plazo de prescripción para reclamar bajo la Ley de Riesgos del Trabajo es de 2 años, conforme al artículo 44 de la Ley 24.557. El inicio de ese cómputo se sitúa, en general, en la fecha en que la prestación resulta exigible, que suele coincidir con el fallecimiento, aunque la doctrina admite variaciones según las circunstancias del caso. Para el reclamo fundado en el artículo 248 de la Ley de Contrato de Trabajo, la prescripción también es de 2 años desde que la obligación fue exigible, aunque la vía civil puede tener plazos distintos según el tipo de acción. En todos los casos, conviene iniciar el trámite en las primeras semanas, no en los primeros meses, para evitar perder parte o la totalidad del derecho.

Cómo se calcula el monto de la indemnización

La fórmula legal de la ART, establecida en el artículo 18 de la Ley 24.557 y la reglamentación de la SRT, toma 53 como coeficiente fijo, lo multiplica por el ingreso mensual promedio del trabajador y luego por el cociente entre 65 y la edad del trabajador al momento del accidente. Si el resultado queda por debajo del piso mínimo vigente, se aplica ese piso.

Un ejemplo concreto: si el ingreso mensual era de $1.000.000 y el trabajador tenía 40 años, la base da $86.125.000. El 20% adicional suma $17.225.000, lo que arroja un total aproximado de $103.350.000 antes de otros rubros como los gastos de sepelio. Para contingencias ocurridas entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2026, la SRT fijó un piso mínimo de $97.502.420 más la variación RIPTE. Siempre hay que verificar el monto mínimo vigente al momento del reclamo, ya que se actualiza periódicamente por resolución del organismo.

Qué hacer si la ART o el empleador rechazan el reclamo

Si la ART rechaza el fallecimiento como contingencia laboral, los derechohabientes pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Jurisdiccional correspondiente para que revise si el rechazo fue correcto y si el hecho debe encuadrarse dentro del sistema de riesgos del trabajo. Si la Comisión no resuelve favorablemente, el paso siguiente es la vía judicial laboral o civil, según los hechos del caso y la jurisdicción. El rechazo de la ART no cierra el trámite: abre una segunda instancia que requiere representación técnica sólida.

Un error en la documentación, una firma apresurada sobre un monto inferior al que corresponde o dejar vencer un plazo puede significar perder una parte importante de la indemnización. Antes de suscribir cualquier acuerdo, conviene revisar cada rubro con un abogado laboralista especializado que conozca tanto el sistema de riesgos del trabajo como las vías civiles disponibles.

Si necesitás saber cómo tramitar la indemnización por fallecimiento en un accidente laboral, en Ferretti Abogados representamos a familias de trabajadores fallecidos en la Ciudad y Provincia de Buenos Aires. Analizamos cada rubro que corresponde cobrar, controlamos los plazos y negociamos con la ART antes de que se suscriba cualquier convenio. Contactanos para evaluar tu caso: te explicamos cuánto corresponde cobrar y si el monto ofrecido por la aseguradora refleja lo que la ley reconoce. La consulta inicial no tiene costo.

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