Si te preguntás dónde encontrar servicios especializados en reclamos por enfermedades profesionales rechazadas, lo primero que tenés que saber es que el rechazo de la ART no es una sentencia definitiva. Para muchos trabajadores, esa carta parece cerrar cualquier posibilidad de cobrar una indemnización o acceder a prestaciones médicas. Sin embargo, es el comienzo de otro proceso, y uno que tiene margen real para revertirse.
El sistema argentino de riesgos del trabajo prevé instancias administrativas concretas para cuestionar ese rechazo, y la vía judicial existe si la administrativa no alcanza. El problema es que cada una de esas instancias tiene plazos estrictos y exige presentaciones técnicas que no admiten improvisación. Actuar rápido es imprescindible, pero actuar bien lo es todavía más.
Lo que diferencia a quien recupera su derecho de quien lo pierde no es el diagnóstico ni la gravedad de la enfermedad: es la calidad de la representación legal que conduce el reclamo. Esa calidad se mide en criterios concretos: experiencia en la Ley 24.557, manejo de pericias médicas, conocimiento del funcionamiento de las Comisiones Médicas y antecedentes en litigios similares. En CABA, Ferretti Abogados trabaja exclusivamente en derecho laboral y riesgos del trabajo para ese tipo de casos.
Lo primero que tenés que hacer después del rechazo
Los primeros días tras recibir el rechazo son críticos. No hay margen para esperar ni para gestionar sin un rumbo claro: el trabajador tiene que actuar con una hoja de ruta definida desde el primer momento.
Qué documentación reunir desde el primer día
Antes de cualquier presentación, el expediente tiene que estar ordenado. Esto incluye la notificación del rechazo con su fecha, la denuncia original ante la ART, la historia clínica completa de todos los prestadores que intervinieron (ART, obras sociales, médicos particulares), los estudios complementarios según la patología (radiografías, audiometrías, electromiogramas, resonancias), los dictámenes de Comisión Médica, los recibos de sueldo y toda constancia del vínculo laboral. Si la enfermedad no figura en el listado oficial, se necesita además un certificado médico que describa el diagnóstico y explique la relación causal con las tareas realizadas. Todo debe digitalizarse y conservarse en original.
Los plazos que no podés perder de vista
Desde la notificación del dictamen, el trabajador tiene 10 días hábiles para presentar su desacuerdo ante la Comisión Médica Jurisdiccional y elevar el caso a la Comisión Médica Central, conforme a las pautas de la Resolución SRT 5/2026. Para iniciar el trámite de revisión del rechazo ante la Comisión Médica, el plazo general es de 2 años desde la notificación del rechazo. Ese mismo plazo rige para las acciones derivadas de la Ley 24.557, aunque el cómputo varía según los actos que lo interrumpen. Estos plazos deben revisarse con un abogado especializado antes de que venzan, no después.
Las instancias del sistema de riesgos del trabajo que podés activar
El trabajador no va directamente a juicio: el sistema prevé un camino administrativo previo que pasa por las Comisiones Médicas. Conocerlo y transitarlo correctamente es lo que abre la puerta a la instancia judicial si hace falta.
El trámite ante la Comisión Médica Jurisdiccional
El trámite puede iniciarse en forma presencial o por vía virtual según la jurisdicción y el canal habilitado (plataforma e-Services de la SRT), en la Comisión Médica que corresponde al domicilio del trabajador o del empleador. Hay que presentar el DNI, la denuncia, el rechazo de la ART y toda la documentación médica y laboral disponible. Según la Resolución SRT 5/2026 (Anexo III), el formulario obligatorio del trámite debe estar firmado por el trabajador y su abogado patrocinante: la intervención letrada ya no es opcional, salvo que el trabajador actúe mediante apoderado con poder suficiente. La SRT ofrece orientación por teléfono al 0800-666-6778, pero la presentación decisiva es la que se hace ante la Comisión Médica, no una consulta telefónica.
Cuándo y cómo escalar a la Comisión Médica Central
Si el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional es desfavorable, el trabajador puede presentar un desacuerdo dentro de los plazos correspondientes y el caso sube a la Comisión Médica Central. Si esa instancia tampoco resulta favorable, existe la vía judicial ante el juzgado laboral competente. Ninguna de estas etapas debería transitarse sin representación técnica. Un error de forma o un plazo perdido cierra puertas que no se pueden volver a abrir.
El papel del sindicato y los peritos médicos en tu expediente
Son dos recursos que muchos trabajadores subestiman, y que bien utilizados pueden marcar la diferencia en el expediente. El sindicato puede brindar asesoramiento inicial gratuito, ayudar a reunir evidencia del puesto de trabajo (tareas, exposición a riesgos, mediciones ambientales) y derivar el caso a patrocinio jurídico. Pero su rol es de apoyo: la conducción técnica del reclamo requiere un abogado laboralista, no un delegado sindical.
Un médico laboral independiente puede examinar el expediente, revisar el diagnóstico y elaborar un informe técnico que establezca la relación causal entre la patología y las tareas. En un proceso judicial el perito lo designa el juez, pero contar con un informe de parte sólido es una herramienta estratégica de peso. Lo fundamental es verificar que el profesional no tenga vínculos con la ART ni con el empleador, y que esté matriculado en la jurisdicción correspondiente.
¿Dónde encontrar servicios especializados en reclamos por enfermedades profesionales rechazadas?
Una gestoría laboral puede ayudar con trámites administrativos simples: reunir documentación, canalizar la denuncia, hacer seguimiento de notificaciones. Sin embargo, solo los abogados matriculados están habilitados para ejercer el patrocinio letrado en juicio, impugnar dictámenes de las Comisiones Médicas y litigar ante la ART. El reclamo por enfermedad profesional, cuando la ART rechaza, termina en una instancia legal que ninguna gestoría puede conducir.
Confiar el caso a una gestoría o a un abogado generalista implica el riesgo de presentaciones mal fundamentadas, plazos perdidos y estrategias procesales débiles frente a los equipos legales especializados que tiene la ART. Un plazo de 10 días hábiles vencido sin presentación, por ejemplo, puede cerrar la vía de revisión ante la Comisión Médica Central sin posibilidad de reencauzarla.
Un abogado laboralista especializado en enfermedades profesionales conoce el régimen de la Ley 24.557, la normativa de la SRT, el funcionamiento de las Comisiones Médicas, los baremos de incapacidad y los criterios judiciales de causalidad. Con ese conocimiento puede diseñar la estrategia pericial adecuada al caso y, si la vía administrativa no prospera, llevar el reclamo a la instancia judicial con fundamentos sólidos. En CABA, los estudios que trabajan exclusivamente en derecho laboral y riesgos del trabajo conocen los juzgados, los peritos y los criterios locales que determinan el resultado.
El rechazo no cierra el camino: consultá antes de que venza el plazo
La notificación de rechazo de la ART no termina el reclamo. Lo abre hacia una instancia donde la representación adecuada marca la diferencia entre cobrar lo que corresponde y perder el derecho por falta de acción o por mala asesoría.
El recorrido exige documentación ordenada desde el primer día y plazos controlados con precisión. Cada paso importa. Cada día que pasa sin actuar es un plazo que se acorta, y algunos plazos no se recuperan una vez vencidos.
En Ferretti Abogados nos dedicamos exclusivamente al derecho laboral y a los accidentes y enfermedades del trabajo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Representamos al trabajador frente a la ART y el empleador, con experiencia en pericias médicas, Comisiones Médicas y juicios laborales. Si la ART rechazó tu reclamo por enfermedad profesional, la consulta es el primer paso para saber si el caso tiene margen para prosperar. Buscás servicios especializados en reclamos por enfermedades profesionales rechazadas: contactate con nuestro equipo antes de que venza el plazo.

