Qué hacer tras un accidente de trabajo: guía paso a paso

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Qué hacer ante un accidente de trabajo es una pregunta que pocas personas pueden responder con claridad en el momento justo. El dolor, la confusión y el miedo aparecen al mismo tiempo, y en esas primeras horas las decisiones que tomás determinan si la ART va a cubrir la atención médica y si vas a poder reclamar la indemnización que te corresponde por ley.

Esta guía resume los pasos concretos que explicamos en Ferretti Abogados en cada consulta con trabajadores accidentados. Desde avisar al empleador hasta entender qué prestaciones te corresponden, acá encontrás el recorrido completo desde el minuto cero: el protocolo ante un accidente laboral que puede marcar la diferencia entre cobrar lo que corresponde o quedarse sin nada.

1. Qué hacer tras un accidente de trabajo: avisá al empleador y buscá atención médica de inmediato

El aviso al supervisor o empleador no es un simple trámite: es el primer eslabón de toda la cadena legal. Sin ese aviso, el empleador difícilmente hará la denuncia ante la ART; y sin denuncia, la cobertura del siniestro no queda activada. Tené en cuenta, además, que si el empleador tiene conocimiento del hecho por otra vía, igualmente está obligado a denunciarlo. En el momento del accidente, el aviso puede ser verbal; después hay que dejarlo por escrito para tener constancia fehaciente.

Muchas lesiones, contracturas, traumatismos o daños internos, se manifiestan horas después del impacto. Ir al médico desde el primer día protege la prueba del vínculo entre el accidente y la lesión. Si la ART todavía no tiene el siniestro abierto, podés exigir atención en cualquier centro de la red prestacional de tu aseguradora; el caso se regulariza después con la denuncia formal, conforme a los lineamientos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

2. Denuncia ante la ART: quién la hace y en qué plazo tras un accidente de trabajo

La obligación principal de denunciar recae sobre el empleador, pero si este no lo hace, el trabajador puede y debe hacer la denuncia por su propia cuenta. Los canales disponibles son varios. Por un lado: la línea gratuita de la ART, el telegrama laboral gratuito desde cualquier correo del país, o la presentación personal en la sede de la aseguradora. Por otro, si la ART tampoco responde, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) también puede recibir la denuncia directamente. Te recomendamos verificar los números y links actualizados en el sitio oficial de la SRT (www.srt.gob.ar).

En la práctica, las demoras más allá de las 72 horas desde el accidente generan conflictos probatorios y le dan argumentos a la ART para cuestionar el origen laboral del hecho. Cuanto antes se denuncia, más sólida queda la cobertura. Si el empleador se niega a denunciar o dilata el trámite, enviá un telegrama laboral gratuito informando el accidente: ese papel es tu constancia y nadie te lo puede quitar.

3. Los documentos que no podés perder de vista

Una vez hecha la denuncia, la documentación es lo que sostiene el reclamo. El parte de accidente es el documento interno que la empresa elabora para registrar el hecho; pedilo firmado y guardá siempre una copia. El certificado médico, por su parte, debe incluir el diagnóstico, la descripción de las lesiones y la relación con el accidente laboral. Estos dos documentos son la base de cualquier reclamo posterior, tanto ante la ART como en una instancia judicial.

Además de esos documentos formales, hay pruebas complementarias que pueden marcar la diferencia si la ART cuestiona el caso:

  • Fotografías del lugar del accidente tomadas el mismo día.
  • Nombre y contacto de testigos presenciales.
  • Mensajes, mails o comunicaciones internas relacionadas con las condiciones de trabajo.
  • Recibo de sueldo y DNI.
  • En caso de accidente in itinere (ocurrido en el trayecto al trabajo o de regreso), la denuncia policial si hubo siniestro vial, o el historial de viaje si se usó transporte público.

Para que un accidente in itinere sea reconocido como laboral, el trayecto debe ser el habitual y directo, sin desvíos por motivos personales. La Ley 24.557 admite excepciones cuando el recorrido se modifica por razones de estudio, otro empleo o atención de un familiar directo enfermo no conviviente, siempre que esa modificación esté correctamente declarada.

4. Qué cobertura y prestaciones te corresponden

La ART está obligada a cubrir la atención médica completa: consultas, medicamentos, rehabilitación y prótesis cuando corresponda. Durante la incapacidad laboral temporaria, el trabajador no pierde su ingreso. Según la normativa vigente (Ley 24.557 y resoluciones de la SRT), los primeros diez días de incapacidad los abona el empleador; desde el día once, la prestación dineraria equivalente al salario pasa a cargo de la ART. Esta cobertura aplica tanto a accidentes en el lugar de trabajo como a accidentes in itinere reconocidos.

Si el accidente deja una secuela permanente, la Comisión Médica Jurisdiccional evalúa el porcentaje de incapacidad y determina la indemnización correspondiente. Como regla general, este dictamen es necesario para el cierre del caso, aunque en algunos supuestos pueden alcanzarse acuerdos o transacciones entre las partes con homologación judicial. Si el porcentaje asignado no refleja la realidad de las secuelas, el trabajador tiene derecho a impugnarlo y continuar el proceso. En esa instancia, donde se define el monto final de la indemnización, la experiencia del abogado en la impugnación del dictamen puede determinar una diferencia significativa en el monto que efectivamente cobrás.

Cuándo el problema ya no se resuelve con papeles

Muchos trabajadores siguen todos los pasos correctamente y aun así la ART rechaza el siniestro, demora la atención médica o el empleador niega haber recibido el aviso del accidente. En esos casos, el problema ya no es de trámites: es un problema de derechos que requiere representación legal. Actuar tarde en estas situaciones puede significar perder prestaciones o terminar con una indemnización muy inferior a la que correspondía.

Si la ART no reconoció el accidente, el empleador no hizo la denuncia o el porcentaje de incapacidad no refleja lo que realmente padecés, en Ferretti Abogados ofrecemos consulta especializada para trabajadores accidentados en la Ciudad y Provincia de Buenos Aires. Somos un estudio dedicado exclusivamente al derecho laboral y a los accidentes de trabajo.

El sistema de riesgos del trabajo existe para proteger al trabajador, pero solo funciona si los pasos se dan a tiempo y con el respaldo adecuado. Avisá, denunciá, documentá y, si el sistema no responde, buscá representación que conozca cada detalle de este proceso. En Ferretti Abogados estamos para que no pierdas ningún derecho por un trámite mal hecho o por una aseguradora que no cumple con lo que le corresponde. Consultá ahora sin cargo.

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